Pago de comisiones en negro

Los vendedores suelen recibir comisiones por sus ventas. Esas comisiones deben estar debidamente registradas en el recibo de haberes como cualquier otra contraprestación que reciba el trabajador cuya causa provenga del contrato de trabajo. Si percibís comisiones en negro, podés exir su registración a través del procedimiento que establece la Ley Nacional de Empleo.


Estoy en duda si renunciar o no. Mi empleador me ofrece una suma determinada si mando el telegrama de renuncia.

Te recomendamos que nunca envíes un telegrama de renuncia, ni siquiera contra el pago de algún tipo de “compensación” del empleador. Generalmente éstos pagos son inferiores a lo que realmente te corresponde. Consulta siempre con un abogado laboralista que es el que te va a indicar los rubros que te adeuden.


Consúltenos ON LINE las 24 hs.

Déjenos su mensaje! Nos contactaremos con Ud.

Nombre

Correo electrónico *

Mensaje *