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Seguro de Desempleo

Uno de los derechos fundamentales que tiene cada trabajador en blanco de la Argentina es el de percibir un seguro de desempleo si se finaliza el vínculo con su trabajo. No muchos lo saben y tampoco conocen como es el procedimiento para tramitarlo, te contamos como podés hacerlo y los requisitos a cumplir para percibirlo. 


¿Cómo es el trámite? 

En primer lugar hay que presentarse en la Unidad de Atención Integral (UDAI) del ANSES más próxima al domicilio y concurrir personalmente ya que el trámite que hay que realizar es personal y se tienen desde el momento en que se finaliza la relación laboral 90 días hábiles para realizarlo. 

Documentación a presentar 

-Original y duplicado del DNI, LE o LC. 

-La documentación que acredite el desempleo como por ejemplo: 

-En caso de despido sin causa justa el telegrama, carta documento o nota de despido firmada por el empleador y certificada por el banco, escribano público, funcionario de la ANSES o autoridad judicial. 

-En caso que haya un despido por quiebra o un concurso preventivo del empleador hay que presentar una nota del síndico que certifique el fin de la relación laboral o bien una sentencia de quiebra autenticada por el Juzgado. 

-En caso de rescisión del contrato por denuncia del trabajador por causa justa, hay que presentar el telegrama de anulación del contrato por causa justa. 

-Al haber dudas sobre la causa de despido la ANSES a través del Ministerio de Trabajo podrá intervenir para el pago del mismo. 

-En caso de haber una no renovación del contrato a plazo fijo hay que presentar el contrato de trabajo vencido y una nota del empleador que diga que no se renueva el contrato. 

-Los recibos de sueldo que acrediten la mejor remuneración percibida en los 6 meses anteriores a la fecha de despido. 

Requisitos para percibirlo 

-Posee la Clave Única de Identificación Laboral (CUIL). 

-Haber aportado al Fondo Nacional de Empleo durante un determinado período. 

En el caso de los trabajadores permanentes haber aportado durante seis meses de los últimos 3 años anteriores a la finalización de la relación laboral por la cual se pide el seguro. 

-En el caso de los trabajadores contratados haber aportado durante 12 meses de los últimos 3 años o bien 90 días durante los 12 meses anteriores a la finalización de la relación laboral. 

-En el caso de los trabajadores de temporada haber aportado un mínimo de 12 meses de los últimos 3 años o bien 90 días durante los últimos 12 meses anteriores a la finalización del contrato laboral. 

Montos 

Los montos a percibir son variables aunque en promedio se perciben hasta $400 más las asignaciones familiares, aunque igualmente depende de la cantidad de tiempo trabajado. Si se trabajó de 6 a 11 meses se cobra durante 2 meses, de 12 a 23 meses trabajados se cobra durante 4 meses, de 24 a 35 meses trabajados se cobra 8 meses (los primeros 4 el 100% y los otros el 85%), y aquellos que registren más de 36 meses trabajados se cobra durante un año (los primeros 4 meses el 100%, los segundos 4 meses el 85% y los restantes 4 meses el 70%). Asimismo mientras se perciba el seguro de desempleo se tendrá derecho a tener una obra social. 


Además es importante aclarar que se cobra a través del Banco de la Nación Argentina y que el cronograma de pagos es similar al de las jubilaciones, ya que depende del número de finalización del DNI, LC o LE. Para mayor información hay que comunicarse con el ANSES.


Durante cuánto tiempo se cobra?

La cantidad de mensualidades dependerá de los últimos tres años de la relación laboral.

Si trabajó (y aportó) durante 6 a 11 meses: Le corresponderán dos cuotas (meses).

Entre 12 a 23 meses: 4 cuotas.

Entre 23 y 36 meses: 8 cuotas.

Más de 36 meses: 12 cuotas.

Cada cuota es mensual y el importe dependerá, además, del sueldo neto (el cobrado, "en mano"). El que oscilará entre $ 250 (pesos doscientos cincuenta) y $ 400 (pesos cuatrocientos) mensuales.

Empleados de la construcción. Diferencias.


Los empleados de la ley 25.250 (construcción), además de poseer un régimen legal especial, también es tiene diferencias en el seguro de desempleo.

Documentación a presentar:

La misma que la mencionada anteriormente, sólo que debe agregarse la libreta de desempleo, que contenga el sello del banco, acreditando el pago del fondo de cese laboral.

Otra diferencia:

Debe haber realizado los aportes previsionales, durante al menos 8 meses durante los últimos 2 años.

Mayores de 45 años: Se le extiende automáticamente el beneficio por 6 meses (igual que para el resto de los trabajadores) sólo que las cuotas percibidas, serán de un 70% de la originaria.

Cantidad de Cuotas:

Si aportó durante 8 y 11 meses: 3 mensualidades.

12 y 17: 4 mensualidades.

18 o más: 8 mensualidades.

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