Pago de comisiones en negro

Los vendedores suelen recibir comisiones por sus ventas. Esas comisiones deben estar debidamente registradas en el recibo de haberes como cualquier otra contraprestación que reciba el trabajador cuya causa provenga del contrato de trabajo. Si percibís comisiones en negro, podés exir su registración a través del procedimiento que establece la Ley Nacional de Empleo.


Estoy en duda si renunciar o no. Mi empleador me ofrece una suma determinada si mando el telegrama de renuncia.

Te recomendamos que nunca envíes un telegrama de renuncia, ni siquiera contra el pago de algún tipo de “compensación” del empleador. Generalmente éstos pagos son inferiores a lo que realmente te corresponde. Consulta siempre con un abogado laboralista que es el que te va a indicar los rubros que te adeuden.


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¿Qué derechos tiene el trabajador?

El trabajador tiene los siguientes derechos:

1- Al pago de su salario: el empleador está obligado al pago del salario dentro de los cuatro días hábiles de vencido el mes.

2- A la igualdad de trato: el empleador debe dar a todos los trabajadores igual trato en identidad de situaciones. Se considerará que existe trato desigual cuando se produzcan discriminaciones arbitrarias fundadas en razones de sexo, religión o raza, pero no cuando el diferente tratamiento se sustente en la mayor eficacia o laboriosidad por parte del trabajador.


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Escala salarial servicio domestico 2013

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación actualizó la tabla de sueldos mínimos correspondientes a empleados de casas particulares (servicio doméstico).

El que se encuentra vigente a partir del 1º de septiembre de 2013.

A continuación se indican las categorías, y los salarios por hora y mensuales, para personal con o sin retiro:

Supervisor (coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a cargo):

Personal con retiro: $ 31 (hora). $ 3.950 (mensual)

Personal sin retiro: $ 34 (hora). $ 4.400 (mensual)

Personal para tareas específicas (cocineros contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad)

Personal con retiro: $ 29 (hora). $ 3.670 (mensual)

Personal sin retiro: $ 32 (hora). $ 4.085 (mensual)


Caseros (personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo)

Personal con retiro: $ NC (hora). $ NC (mensual)

Personal sin retiro: $ 28 (hora). $ 3580 (mensual)

Asistencia y Cuidado de Personas (comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores)

Personal con retiro: $ 28 (hora). $ 3.580 (mensual)

Personal sin retiro: $ 31 (hora). $ 3990 (mensual)

Personal para tareas generales (prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar)

Personal con retiro: $ 25 (hora). $ 3.220 (mensual)

Personal sin retiro: $ 28 (hora). $ 3.580 (mensual)



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