Seguro de Desempleo: Cómo tramitarlo y cuáles son los requisitos

Seguro de Desempleo: Cómo tramitarlo y cuáles son los requisitos
Enterate cómo tramitar el Seguro de Desempleo paso a paso. Descubrí los requisitos exigidos por ANSES, la documentación necesaria, los plazos legales para presentarte y las diferencias si pertenecés al gremio de la construcción.

Uno de los derechos fundamentales que tiene cada trabajador formal (registrado “en blanco”) en la Argentina es el de percibir un seguro de desempleo si finaliza el vínculo con su empleador de manera involuntaria.

Muchas personas desconocen este beneficio o no saben cómo es el procedimiento para tramitarlo. A continuación, te contamos paso a paso cómo podés hacerlo, la documentación necesaria y los requisitos a cumplir para percibirlo.

¿Cómo y cuándo realizar el trámite?

En primer lugar, tenés que presentarte en la Unidad de Atención Integral (UDAI) de ANSES más próxima a tu domicilio.

Debés concurrir personalmente, ya que el trámite es estrictamente personal. Es fundamental que tengas en cuenta los plazos: tenés 90 días hábiles, contados desde el momento en que finaliza la relación laboral, para iniciar la gestión.

Documentación a presentar en ANSES

Para iniciar el trámite, vas a necesitar reunir la siguiente documentación:

  • Documento de Identidad: Original y duplicado del DNI (o LE/LC).
  • Recibos de sueldo: Aquellos que acrediten la mejor remuneración percibida en los 6 meses anteriores a la fecha del despido.
  • Acreditación del desempleo: El documento varía según cómo haya finalizado tu vínculo:
    • Despido sin justa causa: Telegrama, carta documento o nota de despido firmada por el empleador (certificada por banco, escribano público, funcionario de ANSES o autoridad judicial).
    • Despido indirecto (con causa): El telegrama que enviaste anulando el contrato de trabajo por justa causa (intimación previa). Nota: Si hay dudas sobre la causa, ANSES podrá intervenir a través del Ministerio de Trabajo.
    • Quiebra o concurso preventivo: Nota del síndico que certifique el fin de la relación laboral o la sentencia de quiebra autenticada por el Juzgado.
    • Fin de contrato a plazo fijo: El contrato de trabajo vencido y una nota del empleador indicando que no se renovará.

Requisitos para percibir el seguro

Para acceder al fondo de desempleo, debés cumplir con lo siguiente:

  • Poseer tu Clave Única de Identificación Laboral (CUIL).
  • Haber aportado al Fondo Nacional de Empleo durante un período determinado:
    • Trabajadores permanentes: Haber aportado durante 6 meses en los últimos 3 años anteriores a la finalización del vínculo.
    • Trabajadores contratados: Haber aportado durante 12 meses en los últimos 3 años, o bien 90 días durante los 12 meses anteriores al despido.
    • Trabajadores de temporada: Haber aportado un mínimo de 12 meses en los últimos 3 años, o bien 90 días durante los últimos 12 meses.

Montos y duración: ¿Durante cuánto tiempo se cobra?

Los montos a percibir son variables, dependen de tu sueldo neto y se calculan en base a tu mejor remuneración (incluyendo el derecho a percibir Asignaciones Familiares y mantener la cobertura de Obra Social). Se cobra a través del Banco de la Nación Argentina según el cronograma de pagos por terminación de DNI.

La cantidad de cuotas dependerá del tiempo trabajado (y aportado) durante los últimos tres años:

  • De 6 a 11 meses trabajados: Cobrás durante 2 meses.
  • De 12 a 23 meses trabajados: Cobrás durante 4 meses.
  • De 24 a 35 meses trabajados: Cobrás durante 8 meses (los primeros 4 al 100% de la prestación y los restantes al 85%).
  • Más de 36 meses trabajados: Cobrás durante 12 meses (los primeros 4 al 100%, los segundos 4 al 85% y los últimos 4 al 70%).

Empleados de la construcción: Diferencias en el régimen

Los trabajadores de la construcción (Ley 25.250) poseen un régimen legal especial con diferencias específicas para el seguro de desempleo:

  • Documentación extra: Además de lo mencionado, deben agregar la libreta de desempleo con el sello del banco que acredite el pago del fondo de cese laboral.
  • Aportes exigidos: Deben haber realizado aportes previsionales durante al menos 8 meses en los últimos 2 años.
  • Mayores de 45 años: Se les extiende automáticamente el beneficio por 6 meses adicionales (las cuotas de esta extensión se abonan al 70%).
  • Cantidad de Cuotas: * Si aportó entre 8 y 11 meses: 3 mensualidades.
    • Entre 12 y 17 meses: 4 mensualidades.
    • 18 meses o más: 8 mensualidades.

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