Derechos del trabajador accidentado
Si sufriste un accidente de trabajo o enfermedad profesional, tenés derechos. Conocé qué te corresponde cobrar y cómo reclamarlo.
Abogados Especializados en Accidentes de trabajo
Un accidente de trabajo o enfermedad profesional puede ocurrirle a cualquiera. La buena noticia es que la ley te protege independientemente de quién haya tenido la culpa. Tu empleador debe tener un seguro de riesgos (ART) que cubre tu atención médica, reemplazo de salario durante la baja y una indemnización por incapacidad.
El problema: muchas ART pagan menos de lo que legalmente corresponde. Aquí es donde un asesoramiento especializado marca la diferencia. Nuestro equipo se encarga de que recibas cada peso que mereces — sin costo inicial.
→ SIGUIENTE PASO
Calculá tu indemnización por accidente
Estimá cuánto te corresponde según el grado de incapacidad. Luego consultá sin cargo con nuestros abogados.
Lo que tenés que saber antes de reclamar
- Reporta el siniestro ya: Notificá a tu empleador, delegado sindical o ART de inmediato. Si nadie lo hace, llamá a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo: 0800-666-6778.
- Reclama a la ART, no al empleador: El seguro es quien paga, no tu jefe. La ley Nº 26.773 te lo asegura.
- No pagas nada: Nuestro estudio cubre todos los gastos médicos y legales. Solo cobramos si vos cobrás.
- Las ART subestiman incapacidades: Es común que minimicen el daño para pagar menos. Por eso necesitás asesoramiento especializado.
Tus derechos ante un accidente o enfermedad profesional
Atención médica integral
Tratamiento, medicinas, prótesis, rehabilitación y traslados — todo cubierto por la ART. Sin costo para vos.
Pago del salario en baja
Durante los primeros 10 días paga el empleador. Después, la ART te abona mensualmente tu salario completo hasta alta médica.
Indemnización por incapacidad
Si quedas con secuelas, tenés derecho a una indemnización. Monto mínimo: $3.991.300 × grado de incapacidad.
Compensaciones adicionales
Si la incapacidad es ≥50%, cobras más. Si es ≥66%, incluye pensión de por vida y suma extra.
Gran invalidez
Si necesitás ayuda permanente de otra persona, recibís renta mensual de por vida más todas las indemnizaciones.
Fallecimiento
Si el trabajador fallece, su familia (cónyuge, hijos, dependientes) hereda los derechos de indemnización.


