Reforma laboral: actualización.

El pasado 30 de marzo de 2026, el Juzgado Nacional del Trabajo N.º 63, en la causa “CGT c/ Estado Nacional s/ acción declarativa”, dictó una medida cautelar de carácter innovativo que dejó en suspenso la aplicación de un amplio conjunto de disposiciones de la Ley 27.802 de Modernización Laboral.

¿Cuál es el estado actual de las relaciones laborales?

La medida cautelar principal que suspendió los 81 artículos de la reforma laboral duró exactamente 39 días de forma efectiva.

El freno judicial transcurrió a través del siguiente cronograma:

30 de marzo de 2026 (Inicio de la suspensión): El Juez Raúl Horacio Ojeda, a cargo del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, hizo lugar al pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT) y dictó la medida cautelar que detuvo la reforma.

  • Etapa de disputa (Abril de 2026): Durante abril existió un fuerte conflicto de competencia. La Cámara del Trabajo e instancias intermedias tuvieron fallos cruzados sobre si correspondía mantener el freno mientras se discutía el traslado del expediente al fuero Contencioso Administrativo.
  • 8 de mayo de 2026 (Fin de la suspensión): La jueza Macarena Marra Giménez, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 12, resolvió de forma definitiva dejar sin efecto la medida cautelar. Argumentó que el fuero laboral original carecía de competencia.

A partir de ese momento, la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 recuperó su plena vigencia.

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― Urgencias

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