En el mercado actual, es muy frecuente la situación de prestar servicios para una empresa subordinada a otra. Ya sea mediante tercerización, subcontratación o cesión de establecimientos, muchos trabajadores son contratados por una firma que, en la práctica diaria, desarrolla tareas para una empresa principal. Si te encontrás en esta situación, es fundamental que conozcas cómo te protege la ley.
La obligación legal de la empresa principal
La legislación laboral establece que quienes cedan total o parcialmente a otros el establecimiento o explotación habilitado a su nombre, o contraten o subcontraten trabajos y servicios correspondientes a su actividad normal y específica (dentro o fuera de su ámbito), tienen una obligación ineludible.
Cualquiera sea el acto jurídico que le dé origen a esa subcontratación, la empresa principal deberá exigir a sus contratistas o subcontratistas el adecuado cumplimiento de las normas relativas al trabajo y a los organismos de seguridad social.
El deber de control es indelegable
Es absoluta responsabilidad de la empresa principal ejercer un estricto control sobre el cumplimiento de las obligaciones que tienen los cesionarios o subcontratistas respecto de cada uno de los trabajadores que presten servicios allí.
Tené muy en cuenta que este control no podrá delegarse en terceros. Además, la empresa principal debe asegurarse de que cada uno de los comprobantes y constancias (como recibos de sueldo y pagos de aportes) estén disponibles y sean exhibidos a pedido tuyo o de la autoridad administrativa pertinente.
Responsabilidad solidaria frente a los incumplimientos
El punto más importante que debés conocer al trabajar para una empresa subordinada a otra es la protección legal ante la falta de pago o registro (trabajo en negro).
El incumplimiento de estas obligaciones de control hará responsable solidariamente a la empresa principal. ¿Qué significa esto en la práctica? Que la firma principal deberá responder con su patrimonio por las deudas laborales de los cesionarios, contratistas o subcontratistas respecto del personal que ocuparen.
Esta responsabilidad abarca todas las obligaciones emergentes de la relación laboral, incluyendo:
- El pago de tus salarios y horas extras.
- Las obligaciones y deudas de la seguridad social (aportes jubilatorios y obra social).
- Tu indemnización en caso de que se produzca la extinción del contrato de trabajo o un despido.
(Aclaración legal: Estas disposiciones protectoras también resultan plenamente aplicables al régimen de solidaridad específico previsto en el artículo 32 de la Ley 22.250).
¿La empresa subcontratista no te paga o te despidió?
Si tu empleador directo incumple con tus derechos y la empresa principal intenta desentenderse del problema, no dejes pasar el tiempo. Ambos son responsables ante la ley.
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