¿Cuántos días de vacaciones me corresponden por ley?

¿Cuántos días de vacaciones me corresponden por ley?
¿Llega la época de descanso y no sabés cuántos días de vacaciones te corresponden? Descubrí la escala exacta que establece la Ley de Contrato de Trabajo según tu antigüedad en la empresa y qué condiciones debés cumplir para gozarlas plenamente.

Una de las preguntas más frecuentes de todo empleado al acercarse la temporada de descanso es: “¿cuántos días me corresponden de vacaciones?”. Para responder a esta duda, debemos remitirnos directamente a la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744), la cual establece los plazos obligatorios que tu empleador debe respetar.

Según lo dictaminado en el Artículo 150 de dicha normativa, la cantidad de días de descanso anual se calcula exclusivamente en base a tu antigüedad en el empleo.

Escala legal de vacaciones según tu antigüedad

Los plazos fijados por la ley se cuentan siempre en días corridos (incluyen fines de semana y feriados) y se dividen de la siguiente manera:

  • Hasta 5 años de antigüedad: Te corresponden 14 días corridos.
  • De 5 a 10 años de antigüedad: Te corresponden 21 días corridos.
  • De 10 a 20 años de antigüedad: Te corresponden 28 días corridos.
  • Más de 20 años de antigüedad: Te corresponden 35 días corridos.

El rol de los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT)

Es muy importante que, además de esta ley general, consultes el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) en el cual se halla encuadrada tu actividad o rama laboral.

Muchos sindicatos logran acuerdos superadores para sus afiliados. Si tu convenio establece una variante, siempre debe ser para beneficiarte; en ningún caso un convenio o contrato individual puede disminuir los parámetros mínimos que citamos anteriormente.

Requisito clave para gozar de las vacaciones completas

Para tener derecho al goce completo del período que te corresponda según tu antigüedad, la ley exige un requisito fundamental: el trabajador deberá haber prestado servicios durante más de la mitad de los días hábiles comprendidos en el año calendario respectivo.

(Si no llegás a cumplir con ese tiempo mínimo de trabajo, la ley establece que te corresponderá un día de descanso por cada 20 días de trabajo efectivo).

¿Qué hacer ante una negativa de ingreso al trabajo?

Una situación irregular y grave que suele darse en el ámbito laboral es que, al regresar de una licencia o al presentarse a trabajar normalmente, la empresa impida el acceso del empleado.

Si no te permiten la entrada a tu lugar de trabajo, no debés quedarte de brazos cruzados ni volver a tu casa sin dejar constancia. El trabajador deberá enviar un telegrama laboral intimando a que le otorguen tareas; de lo contrario, y ante el silencio o negativa de la empresa, te podrás dar por despedido (despido indirecto) tal como lo indica el Art. 246 de la Ley 20.744, habilitando el cobro de tu indemnización.

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― Urgencias

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